Mirada perdida de una norma destinada a mujeres
Mirada perdida de una norma destinada a mujeres
Foto: www.elmundo.es
El ministro concluyó que los argumentos presentados por el Gobernador del Estado son infundados y la aplicabilidad de la norma debía prevalecer en los Estados. Justo al momento de la votación, con siete votos a favor y cuatro en contra el Ministro Salvador Aguirre Anguiano intervino para presentar argumentos ajenos a los presentados en la demanda de Jalisco, provocando una nueva discusión que daría un giro argumentativo distinto al presentado inicialmente, al grado de aplazar la discusión y votación definitiva que preveía se avalara la constitucionalidad de la norma.
El giro imprevisto de la discusión iniciada el 17 de mayo, ha provocado que el pleno, hasta el día de hoy, acumule seis sesiones discutiendo nuevos argumentos presentados por Aguirre Anguiano en su intento de revocar la casi inevitable validación de la norma. La audacia del Ministro le ha permitido sembrar dudas y verter la lógica y fondo de la discusión en temas que se alejan cada vez más de la naturaleza y la materia de la norma, la garantía del derecho de las mujeres al más alto nivel posible de salud física y mental, con especial atención en los casos donde ha sido plenamente violentada su integridad , como lo es en los casos de violación sexual.
La discusión se ha centrado en Norma vs Constitución Estatal, píldora de anticoncepción de emergencia vs aborto químico, Ministerio Público vs competencia del sector salud en atención a víctimas del delito. Sin embargo, no se ha contemplado la generalidad del acto en el conjunto de acciones tanto del aplazamiento provocado por el Ministro Aguirre Anguiano como por la impugnación estatal a la norma 046.
Las acciones e intentos interpuestos en la discusión por ambos funcionarios, aparte del ámbito argumentativo y procesal, encajan en lo que para la Ley General de Acceso a las mujeres a una vida libre de violencia, vigente desde junio de 2008, es considerado violencia institucional concebida cuando uno o varios servidores públicos, del nivel que sea, realicen actos u omisiones mediante los cuales discriminen o tengan como fin o resultado, dilatar, obstaculizar, impedir el goce o ejercicio de los derechos de las mujeres, o negarles las acciones destinadas a prevenir, atender, investigar y sancionar los diferentes tipos de violencia.
La violencia institucional se ve claramente manifestada desde el inicio de sus acciones al intentar, por medio de sus facultades, impedir el ejercicio y goce del derecho de la mujer a recurrir y servirse de medios que garanticen su salud mental, física, emocional y moral, que además corresponde al Estado garantizarlo. Las consecuencias que un acto de violación sexual implica para las mujeres, incluso con la simple amenaza de sufrirlo, son inmesurables e irreversibles. Su capacidad de autorealización y desarrollo de la personalidad se ve inhibida por completo, su dignidad e integridad humana es anulada de manera absoluta limitando así sus posibilidades futuras de goce y ejercicio de otros derechos inalienables y exclusivos de las mujeres.
Asimismo, aplicando la palabra utilizada por el ministro Aguirre Anguiano, es incongruente que tanto el gobernador como él mismo se encuentren inmersos en el intento por invalidar la norma que tiene como destinatarias a un grupo vulnerado en el Estado. De acuerdo a información periodística del año pasado, se registraron en promedio 34 violaciones sexuales a mujeres por mes y más de 400 al año. De acuerdo a información de la Procuraduría General de Justicia del Estado, en la primera quincena de abril de este año hubo 1.5 violaciones al día, sin tomar en cuenta que la cifra negra del delito es del 90% y las 21 violaciones registradas en el lapso en mención podrían incluso en cifras reales triplicarse.
El día de ayer le fue negado al ministro pseudo promovente y conocido ex militante panista la realización de un peritaje médico para determinar si la píldora de anticoncepción de emergencia es abortiva o no, al considerarlo innecesario, la corte procederá el día de hoy a la votación definitiva sobre la validación de la norma. La cual se espera sea en el mismo sentido con el que inició todo el debate, la constitucionalidad de la norma y su obligatoria aplicación en el estado de Jalisco.
Garantizar el acceso de las mujeres víctimas de violación a la píldora de anticoncepción de emergencia puede prevenir un daño irreparable en su integridad y en su entorno. Sin embargo, la falta de laicidad en el estado de Jalisco y sus adeptos en la Corte les impide contemplar al alcance que tiene la mujer como sujeto de derechos y de obligatoria protección por parte del Estado.