El caso #Aristegui desde una perspectiva de derechos
El caso #Aristegui desde una perspectiva de derechos
El caso #Aristegui desde una perspectiva de derechos humanos
Foto: Carlos Sánchez Pimienta |
Por Juan S. Larrosa Fuentes,
Asambleísta de CEPAD AC.
En días recientes nos enteramos que, por segunda ocasión, concluyeron las transmisiones del programa de noticias dirigido por Carmen Aristegui en Noticias MVS. El término de las relación laboral entre Aristegui y MVS ha sido polémica, pues la periodista ha señalado que el origen de esta ruptura es de orden político y la empresa sostiene que se trata de una desavenencia laboral entre particulares. Más allá de esta disputa, hay algo incontrovertible: la oferta periodística nacional se ha quedado sin uno de los pocos equipos de reporteros que ofrecía, cotidianamente y no sin estar exento de errores, un trabajo periodístico profesional y crítico frente al poder político.
El caso Aristegui se ha discutido intensamente y se han construido diversas interpretaciones. Uno de los debates más intensos ocurre entre aquellos que señalan que este caso puede considerarse como un atentado en contra de derechos constitucionales y entre quienes no lo consideran así. Quisiera, en este caso, argumentar que el caso Aristegui sí puede considerarse como un atentado en contra de los derechos fundamentales.
El Artículo 6 de la Constitución Mexicana señala que todos los mexicanos tienen derecho al libre acceso a información plural y oportuna. Por otro lado, la Constitución señala que “la radiodifusión es un servicio público de interés general, por lo que el Estado garantizará que sea prestado en condiciones de competencia y calidad y brinde los beneficios de la cultura a toda la población, preservando la pluralidad y la veracidad de la información […]”
El caso de Carmen Aristegui sirve para ejemplificar una de las contradicciones de las sociedades democráticas contemporáneas: la construcción y desarrollo de sistemas de comunicación social que tiene la tarea de ofrecer un servicio público, pero que son administrados por empresas privadas. El periodismo es una práctica que produce información política, económica y cultural, para que los ciudadanos puedan obtener conocimientos de su entorno y evaluarlo. Este conocimiento debe servirles para entender su vida, para decidir sus formas de participación política y para tomar las decisiones que más le convengan.
El problema es que ese servicio público, el cual está garantizado por la Constitución, está sujeto a las decisiones de intereses privados, ya sea de familias dinásticas que controlan grandes empresas comunicacionales, o de corporaciones trasnacionales, que lo mismo producen y transmiten mensajes en México, que en otras partes del mundo. El Estado mexicano no está garantizando que la radiodifusión se preste en condiciones de competencia y calidad y fomentando la pluralidad de la información, porque el interés principal ha sido defender los derechos, pero de las empresas privadas que ofertan información. Por ello, el caso Aristegui es relevante, pues opera como evidencia de un sistema de comunicación que privilegia la generación de ganancias económicas y supedita el servicio público.
Carmen Aristegui y su equipo tienen grandes oportunidades por delante. Será interesante ver cómo se defenderán legalmente, especialmente si argumentan su caso como una violación a derechos fundamentales. Por lo pronto, vale la pena señalar que el caso Aristegui es paradigmático porque si ella y su equipo salen del aire, las opciones de periodismo crítico en México se ven reducidas drásticamente. Y se ven reducidas no porque Aristegui y compañía serán periodistas superdotados, sino porque hay muy pocos espacios para periodistas críticos en el sistema de comunicación mexicano.