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Miembros de la Comunidad Indígena Coca de Mezcala quedan absueltos de los delitos fabricados es su contra

Boletín de prensa / Sala de prensa

Miembros de la Comunidad Indígena Coca de Mezcala quedan absueltos de los delitos fabricados es su contra

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Mtro. Jorge Aristóteles Sandoval Díaz  Gobernador Constitucional de Jalisco

Lic. Jesús Eduardo Almaguer Ramírez Fiscal General del Estado de Jalisco

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El 6 de noviembre de 2015 los magistrados que integran la Sexta Sala del Supremo Tribunal de Justica del Estado de Jalisco, Manuel Higinio Ramiro Ramos (presidente), Celso Rodríguez González y Estaban de la Asunción Robles Chávez, absolvieron del delito de daño en las cosas que les fue imputado de manera infundada a nueve integrantes de la Comunidad Indígena Coca de Mezcala de la Asunción.

Lo anterior se ubica dentro del marco de la lucha por su libertad y su territorio que la Comunidad lleva en contra del empresario Guillermo Moreno Ibarra, quien desde 1999 ha mantenido una invasión de nueve hectáreas de territorio comunal con el apoyo y anuencia de autoridades estatales y municipales.

En 2011 Moreno Ibarra, junto con su prestanombres, Crescenciano Santana, interpusieron las denuncias ante la Agente del Ministerio Público, adscrita a Poncitlán, Jalisco, Lucero Moreno Murguía, por el delito de robo de un panel solar que el invasor instaló dentro del territorio comunal sin la autorización de la Asamblea de Mezcala. El panel, que alimentaba una bomba de agua que desviaba y retenía arroyos que las comunidades de Mezcala y San Juan Tecomatlán utilizaban para sus actividades agrícolas y ganaderas, fue desmontado y puesto a la disposición de Moreno Ibarra afuera de la Casa Comunal por orden de la Asamblea de Mezcala.

El 27 de mayo de 2015, el Juez Penal del Sexto Partido Judicial con sede en Ocotlán, Jalisco, Oscar Martín Morales Vázquez sentenció a los comuneros a penas privativas de la libertad y al pago de la reparación del daño, avalando las siguientes irregularidades, contenidas en el expediente de la averiguación previa realizada por la agente Moreno Murguía:

  • Violaciones al debido proceso (desde la agencia del Ministerio Público y por el Juez Penal de Ocotlán).
  • Derecho de Audiencia.
  • Violaciones a la seguridad jurídica y personal de los acusados.
  • Privación ilegal de la libertad en contra de Rocío Moreno, miembro de la comunidad.
  • No aplicación del Protocolo para los casos donde se involucren personas, comunidades y pueblos indígenas.
  • No aplicación de los tratados y convenios internacionales en materia de derechos indígenas de los que el Estado Mexicano es parte.

El 2 de septiembre de 2015, los comuneros de Mezcala acompañados jurídicamente por el CEPAD, interpusieron la apelación donde se hicieron notar todas irregularidades mencionadas.

Los magistrados de la Sexta Sala que determinaron absolver de los delitos imputados a integrantes de la Comunidad, señalaron las irregularidades de la Ministerio Público de Poncitlán, Lucero Moreno Murguía, sin embargo, omitieron deliberadamente analizar el papel del Juez Penal del Sexto Partido Judicial con sede en Ocotlán, Jalisco, Oscar Martín Morales Vázquez, quién fue el responsable de someterlos a 4 años de proceso injusto y sentenciar a penas antes mencionadas.

La falta de rigor y calidad de la sentencia por parte de los magistrados, no sentó algún precedente judicial relevante para los pueblos y comunidades indígenas de Jalisco. Este caso se enmarca dentro de la  criminalización de la protesta social por quienes defienden sus derechos humanos individuales y colectivos, como son a la preservación de sus territorios, bosques, aguas y culturas en contra de los abusos de los poderes públicos y económicos que imperan en la entidad y en todo México.

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Comunidad Indígena Coca de Mezcala de la Asunción
Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD)

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