El Tribunal tiene la obligación de reconocer y garantizar el derecho que tienen las comunidades indígenas de regirse bajo sus propios sistemas normativos.
El Tribunal tiene la obligación de reconocer y garantizar el derecho que tienen las comunidades indígenas de regirse bajo sus propios sistemas normativos.
Guadalajara, Jalisco a 13 de marzo de 2019.
BOLETÍN DE PRENSA
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El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Jalisco debe dictar una sentencia que impida continuar violando los derechos de la Comunidad Indígena Coca de Mezcala de la Asunción.
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El Tribunal tiene la obligación de reconocer y garantizar el derecho que tienen las comunidades indígenas de regirse bajo sus propios sistemas normativos.
Los antecedentes de lucha por la justicia y la libertad de la Comunidad Indígena Coca de Mezcala de la Asunción se remontan al periodo de la colonización española. En los últimos 20 años han tenido que continuar con esta lucha por su tierra. Ahora, defendiéndola del empresario Guillermo Moreno Ibarra, quien, en el año 1999, sin la aprobación ni consentimiento de la Asamblea de Bienes Comunales Coca de Mezcala, se posesionó de una superficie aproximada de 10 hectáreas de uso común, localizadas en el cerro denominado “El Pandillo”, en alianza con Crescenciano Santana Sánchez, quien es originario de la Comunidad. Sin embargo, esta calidad no les concede el derecho a ocupar tierras que la Comunidad ha establecido son de uso común. Así lo determinó también, en febrero de este año, el Tribunal Superior Agrario, quien resolvió para efecto de que el invasor, Guillermo Moreno Ibarra, le restituyera dichas tierras a la Comunidad.
En febrero de 2011 integrantes de la Comunidad se dieron cuenta de que en sus tierras de uso común ocupadas ilegalmente por Guillermo Moreno Ibarra, se había colocado una torre de fierro. Por consiguiente, en marzo de ese mismo año, la Asamblea de Comuneros y Comuneras de Mezcala ordenó desmontar la torre de fierro que el invasor instaló y dejarla a su disposición en la entrada de la Casa Comunal. Por estos hechos, Guillermo Moreno Ibarra y Crescenciano Santana Sánchez presentaron una denuncia en contra de seis miembros de la Comunidad. El 27 de mayo de 2015, el Juez Penal del Sexto Partido Judicial con Sede en Ocotlán, Jalisco, dictó sentencia definitiva en el proceso penal 318/2011-C, decretando la responsabilidad penal de nueve miembros de la Comunidad por el delito de daño en las cosas, condenándolos a una pena restrictiva de la libertad y al pago de la reparación del daño.
En consecuencia, la y los integrantes de la Comunidad, continuando su lucha por la justicia, impugnaron la anterior sentencia, logrando en diversas ocasiones que los Magistrados de la Sexta Sala Especializada en Materia Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, reconocieran su inocencia. Estas resoluciones fueron impugnadas por el invasor, por lo que el 25 de junio de 2018, sorpresivamente, la Sexta Sala resolvió en contra de los integrantes de la Comunidad, confirmando la sentencia condenatoria dictada en mayo de 2015 y, por ende, condenándolos a prisión. Inconformes con la evidente parcialidad con la que se resolvió, la y los comuneros presentaron un Amparo Directo, del cual conoce actualmente el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de Jalisco, quien próximamente resolverá el asunto.
Ahora, la y los Magistrados del Primer Tribunal Colegiado tienen la gran oportunidad de resolver este caso desde una perspectiva diferenciada y por primera vez, reconocerles como integrantes de una comunidad indígena. Por esta misma razón, deberán garantizar su derecho para regirse bajo su propio sistema de justicia, reconocido en la Constitución y Tratados Internacionales. Además, no deberán dejar de tomar en consideración que se les está juzgando injustamente y criminalizando por haber defendido sus tierras, al ejercer su derecho a la propiedad y su derecho a resolver los conflictos que se susciten dentro de su Comunidad. Es de suma relevancia que el sistema judicial remedie sus errores y reconozca a la Comunidad Indígena Coca de Mezcala de la Asunción, acepte la pluriculturalidad en nuestro país como una realidad, pues es una de las tantas comunidades indígenas que son la base que sustentan los orígenes de México.
Finalmente, consideramos que, al ser un asunto de especial relevancia para el reconocimiento de los sistemas normativos de las comunidades indígenas, acudiremos a la SCJN a solicitarle que ejerza la facultad de atracción por las consideraciones jurídicas, sociales, culturales, antropológicas e históricas anunciadas por la Comunidad Indígena Coca de Mezcala de la Asunción durante todo este penoso, discriminatorio y criminalizante proceso.
Atentamente
Comunidad Indígena Coca de Mezcala de la Asunción, municipio Poncitlán, Jalisco.
Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A.C. (Cepad)
Para más información,
escríbenos a comunicacion@cepad.org.mx
Oficina del Cepad
Teléfono: 01 (33) 3613 4066
Manuel Jacobo
Miembro de la Comunidad Indígena Coca de Mezcala de la Asunción
Celular: (045) 33 2076 7676