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¿Como dormirá la tortura en este 2007?

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¿Como dormirá la tortura en este 2007?


La utilización de métodos ilegales por parte de agentes y policías investigadores de la Procuraduría General de Justicia, y de otras corporaciones policíacas es un secreto a voces, y por ello mucho se ha hablado, escrito, analizado, discutido y denunciado públicamente no sólo por parte de las víctimas, sus familias y excepcionalmente por algunos medios de comunicación sobre la práctica de la tortura en Jalisco, sino también por organismos nacionales e internacionales de derechos humanos.

La lista de servidores públicos que pueden testificar de un sólo acto de tortura es extensa: policías investigadores, ministerios públicos, secretarios y actuarios de agencias ministeriales, médicos, trabajadoras sociales, custodios, secretarios y actuarios de juzgados (los jueces en la mayoría de los casos jamás conocen a los procesados), médicos y psicólogos de los Reclusorios, etc., e igual de extensa es la cadena de mando que no sólo permite la tortura sino la promueven, no obstante que el artículo 5 de la Ley Estatal para Prevenir y Sancionar la Tortura señala que: “El servidor público que en ejercicio de sus funciones conozca de un hecho de tortura, está obligado a denunciarlo de inmediato, de no hacerlo, se le impondrán de tres meses a tres años de prisión, de quince a sesenta días de multa, e inhabilitación para el desempeño de cualquier empleo, cargo o comisión públicos hasta por el término de la sanción privativa de la libertad, sin perjuicio de lo que establezcan otras disposiciones aplicables. En caso de reincidencia la inhabilitación será definitiva”.

La cifra real de víctimas en Jalisco por este delito considerado universalmente de lesa humanidad, es inimaginable, sobre todo cuando nos encontramos que la cifra negra de los delitos comunes no denunciados es aproximadamente del 92.50% según la Tercera Encuesta Nacional sobre la Inseguridad 2005 (consultar en www.icesi.org.mx). Pero la cifra negra por el delito de tortura realmente debe de llamara la atención, esto debido a que uno de los elementos del tipo del delito de tortura, es que el sujeto activo debe ser servidor público o cuando con ese carácter instigan, ordenan, obligan o autorizan a un tercero a infligir a una persona dolores o sufrimientos graves, sean físicos o psíquicos con cualquier finalidad. Quizás un dato que ayude a dimensionar el número de presuntos actos de tortura sea el número de quejas presentadas ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos, donde informa su página web en el cuadro de “SUPUESTAS VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS MÁS FRECUENTES ENERO – DICIEMBRE DE 2006” que se abrieron un total de 150 expedientes de queja. Vale mencionar que ese número de quejas ha sido la constante del 2000 al 2005.

Sin embargo, llama la atención que en la misma página web la estadísticas de la CEDHJ hasta mediados de noviembre del 2007 ya no aparezca la tortura como una de las violaciones a los derechos humanos más frecuentes en Jalisco. Ese dato nos lleva a formularnos una serie de preguntas como: ¿La cadena de mando de la Procuraduría de Justicia (empezando por su titular) hasta el que realiza la limpieza han sido capacitados y sensibilizados sobre lo aberrante de la tortura?, ¿será que el organismo estatal de defensa de derechos humanos ya no da confianza a las víctimas?, ¿será que las quejas atendidas por el organismo por presunta tortura está siendo calificada por alguna una violación diferente?, o ¿será que es del dominio público la inexistencia de una sentencia criminal por ese delito desde que entró en vigencia la ley especial el 24 de diciembre de 1993?, o ¿qué las presuntas víctimas saben de antemano que la propia CEDHJ nunca denunciará penalmente sus casos?, o ¿ya se perdió la esperanza en que la tortura será erradicada de las instituciones de procuración y administración de Justicia, así como de las corporaciones de seguridad pública estatal y municipales? o, ¿que los torturadores vivirán en la impunidad el resto de su vida?, ¿qué será?, ¿qué opinas?.

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