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Acción urgente: caso Tomás Coronado

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Acción urgente: caso Tomás Coronado

Lic. Emilio González Márquez
Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco.

Dra. Alicia Elena Pérez Durate y Ñorona
Fiscal Especial para la atención de delitos relacionados con actos de violencia contra las mujeres.

Dr. José Luís Soberanes Fernández
Al Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Desde agosto del presente año, en la prensa local del estado de Jalisco comenzaron a circular testimonios de menores de edad, quienes fueron abusadas sexualmente y / o que participaron en fiestas en donde el consumo de alcohol y drogas, así como la explotación y el abuso sexual, eran prácticas recurrentes. A estas fiestas asistían, en su mayoría, adultos varones, entre los cuales figura el nombre de un servidor público de segundo nivel del Ayuntamiento de Guadalajara, Martín Aguirre Aguirre, así como del Procurador General de Justicia del Estado de Jalisco, Tomas Coronado Olmos.

Los hechos anteriormente descritos son graves, sin embargo, el escenario se agudiza cuando una de las víctimas, junto con su madre, decide denunciar la violación sexual de la que fue objeto: el trámite ante las autoridades correspondientes resultó deficiente, tardado y con claras señales de encubrimiento de los funcionarios públicos involucrados. Después de interponer su denuncia, la víctima fue privada de su libertad para obligarla a retirar la demanda en contra de los funcionarios públicos; una vez que fue liberada y denunciados los hechos, policías judiciales acudieron a su domicilio y junto con su madre y una de sus hermanas, fueron trasladadas a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco, en donde fueron obligadas, a través de amenazas, a firmar hojas en blanco, en un movimiento que se presume servirá para exculpar a los involucrados en todo este contexto.

El caso de Arellano Enciso y su hija, refleja la situación de vulnerabilidad en las que se encuentran las mujeres en el estado de Jalisco. No sólo hablamos de víctimas de violencia sexual y de conductas consideradas como graves por la Comunidad Internacional como lo es la prostitución y pornografía infantil, sino de violencia institucional propiciada por el propio poder público del estado de Jalisco. En este sentido, resulta incompetente para proporcionar protección, así como realizar una investigación pronta, completa, imparcial y eficaz, aun en contra de quien ostenta la Representación del Ministerio Público en el Estado.

Por ello, se ha presentado formal denuncia en la Fiscalía Especial para la atención de delitos relacionados con actos de violencia contra las mujeres en el país (FEVIM), para que ante la denegación de justicia por parte de la instancia de procuración de justicia en el Estado de Jalisco, investigue los hechos denunciados.

De la misma manera, y debido a las violaciones graves y generalizadas a los derechos de la mujer, se solicitó la intervención de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a fin de que dicte medidas cautelares que permitan salvaguardar la seguridad de las denunciantes, así como para que ejerza la facultad de atracción de la investigación de las inconformidades al parecer promovidas por varios servidores públicos de la PGJE con relación a los hechos, y que se integran en la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ). Lo anterior, debido a que el Ombudsman estatal determinó públicamente, de manera anticipada, que en el presente caso no existían presuntas violaciones a los derechos humanos.

Por lo tanto, diversas organizaciones de la sociedad civil, así como académicos, intelectuales y ciudadanos, exigimos:

1. Al Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco. De conformidad con las atribuciones que la Constitución Política del Estado de Jalisco le confiere, destituya de forma inmediata al Procurador General de Justicia del Estado de Jalisco, Tomás Coronado Olmos, para que responda ante la instancia federal respecto de las acusaciones que se le imputan.
2. A la Fiscal Especial para la atención de delitos relacionados con actos de violencia contra las mujeres. Tome las medidas necesarias para garantizar la integridad y seguridad personal de María Araceli Arellano Enciso y su hija Águeda Yazmín. Asimismo, lleve a cabo una investigación inmediata, exhaustiva e imparcial de las denuncias presentadas por las víctimas.
3. Al Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Dicte las medidas cautelares solicitadas, y ejerza su facultad de atracción para conocer de las quejas por violaciones a los derechos humanos que se tramitan ante su homóloga del estado d

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