Carta presentada a las y los diputados de la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco acerca de la conformación del Consejo Estatal Ciudadano
Carta presentada a las y los diputados de la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco acerca de la conformación del Consejo Estatal Ciudadano
Hoy 26 de marzo de 2021 diversos colectivos y organizaciones de civil de Guadalajara presentamos una carta a las y los diputados del Congreso de Jalisco con la intención de hacerles un llamado para que cumplan con sus responsabilidades en la implementación de la Ley de Personas Desaparecidas, y especialmente con la creación del Consejo Estatal Ciudadano. A continuación te presentamos el escrito que les hemos envíado y que a la fecha estamos en espera de su respuesta.
Guadalajara, Jalisco a 26 de Marzo del 2021
Dip. J. Jesús Cabrera Jiménez,
Dip. Manuel Alfaro Lozano,
Dip. Jorge Eduardo González Arana,
Dip. Norma Valenzuela Álvarez.
Integrantes de la Junta de Coordinación Política
LXII Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco
PRESENTE
Aunado a un cordial saludo, agradecemos la atención a esta carta que no tiene otro fin que el de ponerles al tanto de las responsabilidades que la recién aprobada Ley de Personas Desaparecidas del Estado de Jalisco le confiere a la presente Legislatura.
En la Ley de Personas Desaparecidas del Estado de Jalisco que tiene una fecha de publicación en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco del 5 de Marzo del presente año se establece en su Cuarto artículo transitorio que el Consejo Estatal Ciudadano deberá integrarse en un plazo no mayor a cuarenta y cinco días naturales, siendo el término de dicho plazo el próximo 20 de Abril del año en curso.
Cabe señalar que conforme al artículo 49 de la Ley de Personas Desaparecidas del Estado de Jalisco, el Consejo Estatal Ciudadano constituye un órgano de consulta del Comité Coordinador del Sistema Estatal de Búsqueda, y está integrado por cinco familiares de personas desaparecidas, con representatividad de mínimo tres regiones del estado de Jalisco; tres personas especialistas, tres especialistas de reconocido prestigio en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda de personas desaparecidas o en la investigación y persecución de los delitos en materia de desaparición, garantizando que una de las personas especialistas siempre sea en materia forense; así como tres personas representantes de organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos.
De acuerdo al artículo 50 de dicha Ley es obligación del Congreso del Estado realizar el nombramiento de dicho Consejo para lo cuál deberá de llevar a cabo las siguientes acciones:
- Realizar una previa consulta con las organizaciones de familiares, defensoras de derechos humanos, grupos organizados de víctimas y personas expertas en la materia la convocatoria pública que será emitida por el Congreso, garantizando su participación efectiva y directa en el proceso.
- Emitir la convocatoria que garantice el respeto a los principios de participación conjunta, transparencia, igualdad y no discriminación, perspectiva de género, el enfoque diferencial y representatividad, para lo cuál se debe de tener su máxima publicidad y difusión con tiempo suficiente.
- Recepción y evaluación de los perfiles de las y los candidatos de acuerdo a los lineamientos consultados con las organizaciones y establecidos en la convocatoria.
- Discusión y nombramiento del Consejo por el pleno del Congreso a más tardar el 20 de Abril.
Al día de hoy el Congreso del Estado de Jalisco cuenta ya con sólo veinticinco cuatro días naturales para realizar las acciones antes mencionadas, lo cual es preocupante pues ya se ha consumido un 44% del tiempo previsto sin que se hayan comenzado las labores de acuerdo a lo estipulado en la Ley que esta propia legislatura discutió y aprobó.
Para las familias de personas desaparecidas es importante que este proceso sea llevado a su cabalidad como marca la ley, así como con la seriedad y compromiso por parte de las autoridades que requiere el tema, por lo que les solicitamos a la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco lo siguiente :
- Se asigne la comisión legislativa que dictamine la convocatoria a la brevedad posible.
- Dicha comisión legislativa comience con los trabajos de previa consulta para el diseño de la convocatoria pública
- Sea emitida y dada a conocer con los principios de máxima publicidad, transparencia y difusión.
- Se nombre al Consejo Estatal Ciudadano dentro de los plazos establecidos en la ley.
- Se realice el proceso con base en los méritos y principios de participación conjunta, igualdad y no discriminación, perspectiva de género, el enfoque diferencial y representatividad, incluyendo representatividad regional.
La conformación del Consejo Estatal Ciudadano es el primer paso para la efectiva aplicación de esta Ley, de tal manera que las personas desaparecidas y sus familiares puedan acceder de manera plena a sus derechos establecidos, así como para que las autoridades puedan ejercer las obligaciones que se les asigna, fomentando en todo momento el cumplimiento del principio de participación conjunta que rige la Ley de Personas Desaparecidas del Estado de Jalisco y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Esperamos que estos puntos solicitados sean atendidos a la brevedad y con la urgencia que la crisis de desapariciones en el Estado de Jalisco requiere.
Para dar respuesta a nuestra petición es importante dirigirla a CEPAD a la siguiente dirección: calle Garibaldi 641, Colonia Centro; C.P. 44100 en Guadalajara Jalisco, o al correo electrónico contacto@cepad.org.mx .
A T E N T A M E N T E
Colectivo Por Amor a Ellxs
Colectivo Entre Cielo y Tierra
Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A.C. (CEPAD)
Centro Universitario por la Dignidad y la Justicia Francisco Suárez, S.J.
Comité de América Latina y el Caribe en Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM)
Observatorio Legislativo ITESO
TÓMALA
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