Solicitud de Acción Urgente al Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU

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Solicitud de Acción Urgente al Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU

Petición de Acción Urgente al Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU

Cuando tu ser querido se encuentra desaparecido, puedes presentar una Acción Urgente ante el Comité contra la Desaparición Forzada (CED por sus siglas en inglés) de las Naciones Unidas, para solicitar que el Estado Mexicano y las autoridades que estén a cargo de su caso lleven a cabo de manera urgente las acciones necesarias para su búsqueda, investigación y localización de la persona desaparecida.

El trámite de solicitud de una Acción Urgente ante el CED consiste en enviar un documento con un escrito, de manera digital a través de correo electrónico, o de manera física por correo postal a las oficinas del CED.

¿Qué es el Comité contra la Desaparición Forzada?

El Comité contra la Desaparición Forzada, conocido como CED, por sus siglas en inglés, es un órgano internacional que forma parte de la Organización de las Naciones Unidas, y que se encarga de supervisar la aplicación de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas por todos los países que han suscrito y ratificado esta Convención, entre los cuales se encuentra México. Sus integrantes son 10 personas expertas en derechos humanos y se reúnen en Ginebra, Suiza, dos veces al año.

Entre las acciones de supervisión que llevan a cabo, se encuentra el análisis de los informes presentados por los países que firmaron la Convención sobre la adopción por parte de las autoridades de medidas para cumplir con las obligaciones que dicta la Convención en sus territorios; la emisión de Acciones Urgentes; la recepción y examinación de denuncias individuales por desaparición, así como las denuncias interestatales, en las cuales un Estado manifiesta que otro Estado no está dando cumplimiento a la Convención.

¿Qué requisitos debo cumplir para presentar una Acción Urgente?

  • Que la desaparición haya ocurrido después del 23 de diciembre de 2010, debido a que en esa fecha entró en vigor la Convención Internacional.
  • Haber presentado el caso mediante una denuncia, queja o reporte que confirme que has acudido ante las autoridades, como procuradurías, fiscalías locales o federales o las comisiones de derechos humanos.  

OJO: Si no has hecho la denuncia o no has presentado la queja ante alguna autoridad por temor a represalias,  o alguna otra situación de miedo, puedes describir las razones en el escrito para justificar porque no has podido realizar estas acciones.

¿Quién puede presentar una Acción Urgente? 

  • Un familiar de la persona desaparecida o alguna persona cercana a ella, como un amigo o amiga, compañera o compañero de trabajo, vecina o vecino. 
  • Representantes legales
  • Personas defensoras u organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos que estén acompañando la denuncia pública de la desaparición de tu familiar

Es importante que sepas que no se requiere ser abogado o abogada o tener conocimientos jurídicos avanzados para poder realizar este trámite.

¿Qué debe contener el documento escrito para  la petición de la Acción Urgente?

  • La identidad de la víctima, es decir, su nombre completo, sexo, fecha y lugar de nacimiento.
  • Los datos de contacto de quien envía el escrito al Comité, es decir, tu nombre completo, dirección, teléfono y correo electrónico, para que el Comité pueda mantener comunicación contigo.

Ojo: en el escrito puedes solicitar que se mantenga tu identidad de manera confidencial, explicando los motivos que te llevan a solicitar este anonimato, por ejemplo temor al estar en una situación de riesgo.

  • Una descripción cronológica y detallada de cómo ocurrió la desaparición de tu ser querido y las acciones que has llevado a cabo para buscarle (incluye nombres completos de instituciones ante las cuales acudiste y la mayor información con la que cuentes).

Es preferible que elabores el escrito de la solicitud de acción urgente utilizando una máquina de escribir o en computadora, aunque también lo puedes redactar a mano, escribiendo con letras mayúsculas para que el equipo de trabajo del Comité contra la Desaparición Forzada pueda comprender mejor el texto.

Para facilitar la presentación de la petición, el Comité creó una guía para elaborar tu escrito y el formato de la petición, información que puedes descargar en el siguiente enlace. Haz clic.

 

 ¿Cómo puedo presentar la solicitud?

Puedes enviar la petición de manera digital enviando un correo electrónico o de manera física enviando los documentos por correo postal o paquetería. 

  • Dirección de correo electrónico para enviar la solicitud: petitions@ohchr.org
  • Domicilio al cual debes enviar los documentos de manera física: Sección de Peticiones e Investigaciones / Comité contra la Desaparición Forzada Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra 1211 Ginebra 10 Suiza

Es altamente recomendable que envíes o entregues una copia de la petición de Acción Urgente a la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la dirección es: Alejandro Dumas #165 Col. Polanco, Delegación Miguel Hidalgo y correo electrónico: oacnudh@ohchr.org.

Conoce más información sobre las comunicaciones ante el Comité contra la Desaparición Forzada:

  • México ha dado pasos importantes en los últimos años para reconocer sus obligaciones internacionales en materia de desaparición de personas. Primero, el mes de octubre de 2020 el gobierno mexicano envió a la Organización de las Naciones Unidas el reconocimiento de la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para recibir y examinar comunicaciones individuales. A pesar de que México había firmado y ratificado la Convención no había realizado este reconocimiento del artículo 31 de la Convención de forma expresa, por lo que no fue posible por casi diez años acceder al mecanismo de denuncia de casos individuales. Esto mostraba la falta de compromiso del gobierno mexicano por tener responsabilidad a nivel internacional ante el incumplimiento de los derechos reconocidos en la Convención y dejaba a las víctimas de desaparición en una situación de menor protección.
  • De manera más reciente, el 16 de junio de 2021 la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció la obligación de las autoridades mexicanas de cumplir con las acciones urgentes dictadas por el Comité contra la Desaparición Forzada,  al resolver el amparo 1077/2019  a favor de Víctor Álvarez Damián, víctima de desaparición forzada en el año 2013 en el estado de Veracruz. Mediante esta decisión se declaró que las Acciones Urgentes que ordenan la búsqueda de personas desaparecidas tienen carácter vinculante y obligatorio para todas las autoridades.
  • Del 15 al 26 de noviembre de 2021 el CED realizó su visita oficial en México. Esta visita pasó a la historia debido a que se trató de la primera visita del Comité desde su creación no sólo en México, sino en cualquier país del mundo. Durante su visita el CED sostuvo reuniones con autoridades, cientos de víctimas, decenas de colectivos de búsqueda y organizaciones de la sociedad civil en 13 estados de la República. Su objetivo fue conocer la situación de desaparición de personas en el país de primera mano, evaluar las acciones tomadas por las autoridades responsables en la materia y escuchar de viva voz las experiencias. El Comité también asistió a exhumaciones y visitó lugares de privación de la libertad y estaciones migratorias para examinar sus sistemas de registro. Entre los meses de marzo y abril de 2022 el CED dará a conocer el informe con observaciones finales y recomendaciones como resultado de su visita.

Presentación de un caso individual ante el Comité contra la Desaparición Forzada

El Comité contra la Desaparición Forzada (CED por sus siglas en inglés)  cuenta con un sistema que te permite presentar una denuncia individual, también conocida como queja o comunicación, en el caso de que tu familiar se encuentre desaparecido o desaparecida. 

Si haces esta denuncia individual, el CED va a examinar tu caso y en sus resoluciones van a reconocer y afirmar los derechos que han sido violados por parte de las autoridades mexicanas, en relación a lo que establece la Convención Internacional Para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas

Quieres saber más, haz clic:
La presentación de un caso individual ante el Comité es un mecanismo de reciente aplicación en México, debido a que el artículo 31 de la Convención señala como requisito que el Estado parte debía hacer una declaración expresa donde aceptara la competencia del Comité para conocer de este tipo de denuncias. Esto no había ocurrido con México hasta el mes de octubre de 2020, en que el gobierno mexicano aceptó legalmente dicha competencia, ante las demandas y lucha de familiares de personas desaparecidas.

Requisitos que debe reunir el caso para presentar una denuncia individual: 

  • La presentación de tu denuncia no debe ser anónima, aunque tienes derecho de solicitar que el Comité no publique tus datos personales y no revele tu identidad.
  • Que se hayan agotado las vías nacionales de acceso a la justicia y reparación disponibles. Esto quiere decir que antes de presentar al CED tu caso, hayas obtenido una resolución de juicio de amparo por parte de tribunales federales o la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 

Si enfrentas una situación de demora injustificada, es decir, que se está tardando por un periodo excesivo de tiempo sin la emisión de la resolución del juicio de amparo, con  actuaciones prolongadas y omisas  por parte de las autoridades,  o no te ha sido posible llevar a cabo estas acciones legales, puedes explicar en el escrito que la interposición de un juicio el caso el caso más allá de cualquier plazo razonable o que estas acciones de todos modos resultarían ineficaces o inaccesibles para lograr el acceso a la justicia. 

En este aspecto, el Comité señala que se necesita aportar información específica o jurisprudencia existente para justificar esa situación, porque la mera duda de que esto pudiera pasar no es razonable. En este sentido, un argumento podría ser que en el caso de Jalisco, el contexto de impunidad en que se vive en materia de acceso a la justicia es evidente, al existir a 2021 únicamente 4 sentencias condenatorias firmes en materia de desapariciones.

  • Que el caso no haya sido presentado en otra instancia de investigación internacional, tal como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos u otro Comité del Sistema de las Naciones Unidas. 
  • La denuncia puede realizarse sólo por hechos ocurridos después del 23 de diciembre de 2010, debido a que en esa fecha entró en vigor la Convención Internacional.

 

¿Qué  datos debe contener la denuncia individual?

  • Se deben de señalar los datos personales básicos de la persona denunciante —nombre, nacionalidad, fecha de nacimiento, dirección postal y dirección de correo electrónico— y especificar que será presentada en contra de las autoridades mexicanas, como responsables de violar los derechos que reconoce la Convención.
  • Debes exponer de manera detallada y en orden cronológico los hechos de la desaparición. También debes indicar los motivos por los que consideras que los hechos descritos constituyen una violación en la Convención Internacional, preferentemente especificando cuales derechos han sido violados.

Ojo: También es aconsejable que desde el inicio, si lo tienes claro, indiques los tipos de reparación que desearías obtener del Estado parte, es decir el gobierno mexicano, en el caso de que el Comité concluya que los hechos expuestos ponen de manifiesto una violación. 

  • También debes exponer con detalle las acciones legales que hayas realizado para agotar los mecanismos de acceso a la justicia disponibles en México, como denunciar ante la Fiscalía, presentar el reporte ante alguna de las Comisiones de Búsqueda o queja ante Organismos de Derechos Humanos, o interponer el juicio de amparo ante los tribunales. 

El requisito del agotamiento de los recursos internos significa que es necesario que las reclamaciones se hayan presentado en primer lugar ante las autoridades nacionales competentes, hasta la instancia más alta. También se debe indicar si algunos de estos recursos están en trámite o aún no se han presentado, además de las razones para ello, como se señaló en el apartado anterior.

  • El escrito para la denuncia lo debes enviar con copias de los documentos que confirmen lo que dices en la descripción sobre el caso, así como tus argumentos, incluyendo las decisiones administrativas o judiciales que pudieron haber adoptado las autoridades mexicanas respecto de las reclamaciones (por ejemplo, copia de la presentación de tu denuncia o reporte; la resolución si cuentas con juicio penal, resolución de declaración de ausencia o del juicio de amparo). Los documentos se deben ordenar cronológicamente, numerar consecutivamente y acompañar de una breve descripción de su contenido. 
  • La extensión de la denuncia debe ser de máximo de 50 páginas, sin contar los anexos. 

OJO: En caso de que tu denuncia supere las 20 páginas, el Comité sugiere que incluyas un breve resumen de un máximo de 5 páginas en el que se destaquen los principales elementos de la denuncia.

  • Si la descripción de los hechos no es clara o se considera que la denuncia carece de información esencial para iniciar su tramitación, la Secretaría de las Naciones Unidas se pondrá en contacto con la persona denunciante para pedirle más detalles o que vuelva a presentar la denuncia. La información solicitada se debe enviar tan pronto como sea posible para no demorar el trámite. Si la información no se recibe dentro de un año desde la fecha de la solicitud, se cerrará el expediente.
  • Sobre la confidencialidad de la información, debes tomar en cuenta que las decisiones finales adoptadas por el Comité son objeto de publicación. Por lo tanto, si deseas que no se revele tu identidad en la resolución, debes solicitarlo e indicarlo desde la presentación de la denuncia o sino a la brevedad para ti posible. Debido al nivel de publicidad que las decisiones suelen recibir (incluida la difusión a través de Internet, lo que hace que sea prácticamente imposible corregir y/o borrar datos), puede que no sea posible que se respondan favorablemente solicitudes de anonimato presentadas después de la publicación de la resolución para que lo puedas tener en cuenta desde el inicio del trámite.

La denuncia individual la puedes enviar de manera digital por correo postal o de manera física por correo postal o paquetería. 

  • La dirección del correo electrónico es: petitions@ohchr.org
  • La dirección del correo postal es: Sección de Peticiones e Investigaciones / Comité contra la Desaparición Forzada Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra 1211 Ginebra 10 Suiza

Es altamente recomendable que envíes o entregues copia de la comunicación a la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la dirección es: Alejandro Dumas #165 Col. Polanco, Delegación Miguel Hidalgo y correo electrónico: oacnudh@ohchr.org.

  • El Comité ha creado una guía para presentar denuncias de casos individuales, que pues descargar aquí.
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