Now Hiring: Are you a driven and motivated 1st Line IT Support Engineer?

Blog

Informe DDHH 2017 – Violencia de Género en Jalisco

Informes de Derechos Humanos

Informe DDHH 2017 – Violencia de Género en Jalisco

VIOLENCIA DE GÉNERO EN JALISCO:
¿ANOMALÍA COYUNTURAL O RASGO DE IDENTIDAD SOCIAL?

Paola Lazo Corvera

Hay realidades que permanecen; la estrecha relación entre género y agresión es una de ellas. Parece no haber espacio que sea seguro para las mujeres, o un lapso en sus vidas que sume dos días, digamos, que no esté atravesado por el acoso y la violencia que son detonadas por su género; hostigamiento y acometidas que, de una forma u otra, brotan en su hogar, en sus relaciones de pareja, en su trabajo, en la escuela, en la universidad… En cualquier espacio común de la sociedad. En los medios de comunicación y en las rutinas cotidianas triviales, los ataques de toda índole, constantes, que experimentan las mujeres, niñas, jóvenes y ancianas, han ganado en el imaginario la categoría de normales. La indagación en torno a esta problemática pone en evidencia las múltiples maneras en que la violencia de género se vuelve casi invisible, tolerada, estandarizada por la sociedad y por el Estado.

Sorprende reconocer que, en México, siete mujeres mueren a diario y cuatro de cada 10 han vivido violencia a manos de sus parejas; de estas agresiones, sólo se presentan unas 150 mil denuncias al año, de las cuales sólo 11% resultan en averiguaciones previas y 2.4% reciben sentencias condenatorias. Uno de los principales motivos detrás de estas pocas denuncias es la desconfianza en las instituciones y en la manera como opera el sistema de justicia actual. Así, resulta incongruente exigir a las mujeres que denuncien, cuando tienen todo en su contra; lo urgente es cambiar al sistema para que la denuncia no sea un riesgo y un maltrato más para ellas (Pecova, 2016).

El caso de Jalisco forma parte sustancial de esta problemática: en los últimos diez años no ha logrado salir de los primeros lugares de violencia hacia las mujeres, hecho que se constata en la más reciente Encuesta Nacional sobre la Dinámica de Relaciones en los Hogares (Endireh, 2016), que lo coloca en el quinto sitio, donde la violencia de pareja sigue siendo la más frecuente: 47% de las mujeres mayores de 15 años que residen en Jalisco, han sufrido violencia en su unión afectiva, noviazgo o matrimonio (Rello, Milenio Jalisco, 24 de noviembre de 2017).

Hacia una comprensión de la violencia de género

La violencia es un hecho social, en buena parte aprendida en contextos permeados por desigualdades sociales y discriminación de clase social, género, edad, etnia, capacidades distintas, diferencias religiosas, entre otras. De manera cotidiana enfrentamos situaciones donde se ejerce la violencia, actos de personas que no reconocen los derechos y la dignidad de las y los otros (onu et al., 2012).

En muchos casos, las distintas formas de violencia son atravesadas por el género. Se trata de prácticas que se actúan para demostrar hombría, control y poder hacia las mujeres o hacia otros hombres, e imponer su voluntad y sus deseos. Existen otras prácticas violentas que se ejercen entre padres, madres, hijos e hijas, que suelen transmitirse de generación en generación. En todos los casos, las violencias están basadas en un desequilibrio de poder.

La violencia de género es un problema complejo, de raíces biológicas, psicológicas, sociales, culturales y ambientales, para el que no existe una solución sencilla o única; al contrario, debe abordarse desde varios niveles y en múltiples sectores de la sociedad (ops, en onu et al, 2012). Da cuenta no sólo de la violencia que se ejerce contra las mujeres, sino que incluye aquellas formas de violencia que, basadas en una visión heterosexual de las relaciones y en estereotipos de género, se ejercen hacia lesbianas, gays, población trans, queer y también entre varones. La incorporación de la categoría género nos permite entender y analizar las múltiples formas en que se expresa la violencia basada en estereotipos y discriminación de género.

La onu, junto con el Instituto Nacional de las Mujeres (inmujeres) y la lxi Legislatura de la Cámara de Diputados (2012), sostiene que la violencia hacia las mujeres es una variante de la violencia estructural que divide a las personas en grupos favorecidos y desfavorecidos, ya que está basada en una estructura social que segrega o diferencia las actividades que realizan los hombres y las mujeres, otorgándoles valoraciones desiguales en la jerarquía de puestos, poder, recursos y decisiones. El resultado de esta desigualdad de género es la discriminación sistemática de las mujeres.1

El presente trabajo busca ampliar la mirada en torno al contexto de violencia hacia las mujeres y analizar las tendencias en México, especialmente en Jalisco, para dar cuenta de las diversas formas en que esta violencia se expresa, y la manera en que ha sido abordada por las autoridades de gobierno a través de políticas públicas y acciones específicas para su atención y erradicación, con el fin de proteger y defender el derecho a la integridad, la libertad, la salud y la vida de las mujeres.

La legislación mexicana cuenta con diversas leyes que son marco normativo, a partir de las cuales se establecen las obligaciones de los poderes y niveles de gobierno en la prevención, atención y sanción de la violencia hacia las mujeres, entre ellas: la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (lgihm, 2006) y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (lgamvlv, 2007). Asimismo, en el año 2011 se promulgó la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos, a través de la cual se elevan a rango constitucional los derechos humanos que se derivan de los tratados internacionales suscritos por México. Otros logros importantes han sido las reformas al Código Penal Federal para tipificar y sancionar los delitos de feminicidio, y el establecimiento de otras figuras jurídicas para garantizar a las mujeres el acceso a la justicia y combatir la impunidad. Actualmente, las 32 entidades federativas del país cuentan con una legislación concreta sobre violencia contra las mujeres, y 30 de éstas han diseñado un sistema de coordinación interinstitucional para dar seguimiento a su adecuada implementación.

Develando la violencia de género: datos de México y Jalisco

La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh)2 hace un abordaje estadístico nacional para medir la violencia contra las mujeres, que nos permite pensar críticamente y con perspectiva de género las condiciones de injusticia y desigualdad que se dan en las relaciones de poder que se establecen entre hombres y mujeres, y que se expresan frecuentemente en acciones de agresión y discriminación.

  • De los 46.5 millones de mujeres de 15 años y más que residen en el país, se estima que 30.7 millones de ellas (66.1%) han padecido al menos un incidente de violencia emocional, económica, física, sexual o discriminación en los espacios escolares, laborales, comunitarios, familiares o en su relación de pareja.

  • 43.9% de las mujeres que tienen o tuvieron una pareja, sea por matrimonio, convivencia o noviazgo, han sido agredidas por su pareja en algún momento de su vida marital, de convivencia o noviazgo. En Jalisco esta cifra significó 47.4% (inegi, 2017).

  • El segundo ámbito de mayor violencia contra las mujeres son espacios como la calle, el parque y el transporte, donde 38.7% de las mujeres fueron víctima de actos de violencia por parte de desconocidos.

  • De los actos de violencia más frecuentes, destaca la violencia sexual que han sufrido 34.3% de las mujeres de 15 años y más, ya sea por intimidación, acoso, abuso o violación sexual. Este dato contrasta con el 44.2% de mujeres que han recibido agresiones de tipo sexual, de acuerdo al Estudio de Opinión sobre Violencia Comunitaria (Instituto Jalisciense de las Mujeres, 2017) de los ocho municipios en Alerta de Violencia contra las Mujeres en el estado de Jalisco.

  • La extensión de la violencia en el país va desde 52.4% en Chiapas hasta 79.8% en la Ciudad de México. Las entidades que presentan los niveles más altos son la Ciudad de México, Estado de México, Jalisco, Aguascalientes y Querétaro.

  • De 2010 a 2016, la tasa de mujeres víctimas de delito aumentó 28% (Envipe, 2017); en Jalisco esta grave situación representó 30.6% (inegi, 2017).

  • Del total de mujeres que han experimentado violencia física y/o sexual por otro agresor distinto a la pareja, 9.4% presentó una queja o denunció ante alguna autoridad y 2.2% sólo solicitó apoyo a alguna institución, mientras que 88.4% no solicitó apoyo a alguna institución ni presentó queja o denuncia ante alguna autoridad.

  • De las mujeres que fueron víctimas de agresiones físicas y/o sexuales por parte de su actual o última pareja, esposo o novio, 20% de ellas solicitó apoyo, denunció o emprendió ambas acciones. Alarma el dato de que en los ocho municipios de Jalisco en que se declaró la Alerta contra las Mujeres (2016) menos de 20% de las mujeres que solicitaron apoyo lo recibieron, y en el caso de Guadalajara y Tlaquepaque, ni siquiera 10% de las que demandaron ayuda fueron atendidas favorablemente (ijm, 2017).

  • Entre las que han experimentado violencia física y/o sexual, 35.8% presentó daños físicos derivados de la violencia que han vivido, principalmente moretones, hemorragias, e incluso han estado hospitalizadas o las han operado por esta razón.

  • Para 64.3% la violencia física y/o sexual ejercida por su pareja, le ha dejado consecuencias emocionales, a la mayoría tristeza o depresión; a la mitad angustia o miedo, y para un tercio de ellas problemas alimenticios.

  • La violencia de la pareja tiene serias repercusiones en la integridad emocional y física de las mujeres, 8.0% de ellas ha pensado en suicidarse y 3.4% lo ha intentado.

  • Una cuarta parte de las mujeres que han sido sujetas a violencia sexual ha pensado en quitarse la vida y 14.1% lo ha intentado.

En opinión de Frías (2016), los datos oficiales disponibles sobre violencia hacia las mujeres sólo reflejan la punta del iceberg, ya que representan aquellos casos en que las mujeres víctimas de violencia han solicitado ayuda a alguna institución pública, han sido atendidas y se ha registrado su caso. Los datos que ofrecen las procuradurías y fiscalías estatales de justicia tienen numerosos problemas de subregistro y esta información, en muchas ocasiones, no se encuentra desagregada por sexo ni por todos los tipos de delito.

Pérez Correa (2016) sostiene que los datos muestran, además, que la violencia no se limita al acoso y al abuso sexual. Según el inegi, entre 2003 y 2014 fueron asesinadas siete mujeres diariamente en el país. En 2007 se creó la declaratoria de Alerta de Violencia de Género Contra las Mujeres (avgm), instrumento pensado para enfrentar aquellas situaciones de violencia más extrema, como la que termina con la vida de las mujeres. “Los informes estremecen a cualquiera, no sólo por las cifras sino también por el rencor con el que se violenta el cuerpo de las mujeres. Muestran la complejidad del problema de violencia de género contra las mujeres que atraviesa todas las capas y espacios sociales” (ibid.:1). Empero, las declaraciones de alerta han resultado insuficientes ya que los aplicadores del sistema (las policías, los ministerios públicos, los militares, los custodios de las prisiones) son parte del problema y difícilmente son un vehículo para transformar nuestra realidad.

Algunos intentos de atención y prevención: programas y acciones en Jalisco

Incorporar la perspectiva de género en la vida pública y el trabajo de las instituciones es, sin duda, esencial para promover la igualdad sustantiva y erradicar la violencia hacia las mujeres (Pecova, 2016). Sin embargo, una vez que se analiza a detalle la estrategia estatal, son todavía muchos ámbitos en los que ésta carece de eficiencia.

El gobierno del estado de Jalisco, teniendo como marco normativo la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Jalisco, afirma en su Informe de avance en el Marco de la Declaratoria de la Alerta de Violencia contra las Mujeres en Jalisco, 2017:

Haber impulsado una política integral para la prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres a partir de diversas acciones que principalmente se enfocan en la reforma de diversas leyes, creación de espacios de atención multidisciplinaria, modificación y creación de protocolos bajo estándares internacionales de derechos humanos, difusión y fortalecimiento de medidas de protección, instalación de capacidades en el funcionariado público que atiende a mujeres en situación de violencia a través de la capacitación, campañas de difusión y territoriales, ampliación de la atención a través de la regionalización de módulos especializados, app para identificar la violencia que se vive en pareja, entre otros.

Para ello, se creó un sistema conformado por el Consejo Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia contra las Mujeres como organismo rector de la política pública en la materia, del cual se desprende el Programa Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Prepaev), que tiene como objetivo el establecimiento de las estrategias, líneas de acción y actividades para implementar la política pública en la materia. Algunas de estas estrategias han sido: 1) “Juntos por ellas” (estrategia gubernamental de prevención de la violencia; 2) Alerta de Violencia contra las Mujeres (mecanismo estatal instituido en febrero de 2016); 3) creación del Centro de Justicia para las Mujeres (política nacional impulsada la Segob); y 4) conformación de la Unidad Especializada en la Investigación de Delitos contra las Mujeres.

A su vez, algunos municipios han llevado a cabo reformas a reglamentos desde un enfoque de derechos humanos con perspectiva de género; han colaborado en la emisión de órdenes de protección; han establecido reglas a la publicidad para eliminar mensajes sexistas y estereotipados; y han establecido convenios con el estado para homologar la atención a las víctimas de violencia intentando evitar la victimización.

A pesar de las estrategias y acciones, tanto en el nivel estatal como municipal, existen estudios, análisis y reportes de seguimiento de organizaciones de la sociedad civil (osc) que, unidos a la percepción cotidiana de inseguridad, miedo, violencia y agresión cotidiana que viven las mujeres, ponen en entredicho la eficacia de estas políticas y estrategias. Jalisco ocupa el tercer lugar en violencia contra la mujer y continúa siendo una entidad hostil para las mujeres: 74.1% percibe prevalencia de algún tipo de violencia, a pesar de la Alerta de Violencia contra la Mujer lanzada en 2016 (El Informador, 28 de agosto de 2017). Los casos de feminicidio, expresión máxima de la violencia de género, son una realidad cruda y dolorosa en nuestro estado. En voz de Alejandra Cartagena, Vicecoordinadora del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (Cladem, Jalisco), “sólo 20% de los asesinatos contra mujeres son catalogados como feminicidios. Desafortunadamente, vemos que desde la autoridad hay una invisibilización la violencia feminicida, ocultándola como homicidio o parricidio” (Publimetro, 18 de septiembre de 2017).

Sorprende la variación entre los datos referentes a casos de feminicidio: el Instituto Jalisciense de Ciencias Forense registró 145 muertes violentas de mujeres en 2017, mientras que la Fiscalía catalogó 27 feminicidios por los cuales 11 personas fueron acusadas, pero sólo dos recibieron sentencia. Por su parte, los protocolos seguidos por Cladem registran que 110 mujeres fueron asesinadas por cuestiones de género en el año (El Norte, 10 de febrero de 2018). Alarma constatar que muchos de estos feminicidios se pudieron evitar, ya que varias de las mujeres asesinadas habían denunciado oficialmente amenazas y acoso, e incluso muchas de ellas contaban con órdenes de protección.

En entrevista personal,3 Alejandra Cartagena, quien ha formado parte del grupo multidisciplinario de seguimiento a la situación de violencia de género en el estado, señala que las políticas y acciones de prevención, atención y sanción implementadas por el Sistema Estatal no han tenido de fondo una verdadera perspectiva de género, no han logrado garantizar la seguridad e integridad de las mujeres, ni eliminar las desigualdades que la violencia de género produce. Señala que la estrategia “Juntos por ellas”, no contiene una visión profunda y comprensible de la problemática al no ser una estrategia vinculatoria y no conseguir que los municipios la asuman con acciones integrales y transversales. Observa que se trabaja de forma aislada y fragmentada, en donde cada municipio actúa por su cuenta, sin mecanismos personalizados de atención y protección, ni protocolos específicos.

Resulta esencial ir más allá de la capacitación de las autoridades responsables de la atención a la violencia hacia las mujeres. La perspectiva de género no se logra asistiendo por unas horas a pláticas o talleres, sino actuando día a día por transformar nuestra manera de entender el mundo y las relaciones de poder y atendiendo cada caso de violencia de manera personalizada. Para Cartagena, el Poder Judicial ha sido omiso al juzgar sin visión de género los casos de feminicidio, otorgando sentencias mínimas a los agresores, y sin tomar en cuenta la reparación del daño a las víctimas al tratarse de una violación a los derechos de las mujeres. A su vez, la creación del Centro de Justicia para las Mujeres –sin duda, una importante acción afirmativa– se ha visto superada por la violencia de género, y el personal que ahí labora, continúa teniendo prácticas que criminalizan e intimidan a las víctimas que acuden a denunciar, señal de que no logran interiorizar la perspectiva de género.

Las instituciones estatales y municipales están rebasadas. La agresión contra las mujeres (comunitaria, laboral, doméstica y de pareja), así como el acoso, las desapariciones, la violencia sexual y la violencia extrema, ha aumentado gravemente, y nos seguimos encontrando con circunstancias de naturalización y justificación de estas violencias. Un ejemplo de esta situación es la oposición social e institucional hacia la nom-0464 y la resistencia a su implementación dentro de la Secretaría de Salud en Jalisco, no sólo en la atención a mujeres víctimas de violación que resultan embarazadas, sino también en la adecuada información y difusión del derecho a interrumpir un embarazo cuando es producto de una violación sexual. El Estado debe reconocer y garantizar los derechos de las mujeres, y en este caso, está en deuda con las niñas, jóvenes y mujeres víctimas de violencia sexual.

Todo apunta a la urgente necesidad de mejorar los procesos de diseño de políticas públicas con perspectiva de género, de manera que sean formuladas más allá de las oficinas gubernamentales, poniendo en juego el conocimiento y la participación de las mujeres víctimas de violencia, sus familias, la academia y la sociedad civil; generando a la vez mecanismos adecuados de seguimiento, monitoreo y evaluación de los esfuerzos institucionales. La solución no está necesariamente en crear nuevas leyes, sino en asegurarse de que las que existan funcionen adecuadamente. Detener la tendencia de “formular, pero no implementar”, de lo contrario, seguiremos siendo “un país de instituciones y leyes sin sentido, con derechos de papel” (Pecova, 2016).

Creación de lazos solidarios y acciones estructurales contra la violencia hacia las mujeres

Los datos y reflexiones anteriores señalan el apremio por establecer una política de Estado que aglutine todas las fuerzas políticas y de gobierno, homologue, a nivel estatal y municipal, los diversos tipos de violencia contra las mujeres incluidos el feminicidio y la violencia feminicida, estandarice los protocolos de actuación de las instituciones de justicia para reducir la impunidad, mejore la prestación de servicios y atención para mujeres y niñas víctimas de violencia, y atienda las recomendaciones que organismos internacionales o regionales han dirigido al Estado mexicano, especialmente las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos relacionadas con el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y las que han sido recientemente emitidas por el Comité de la cedaw.5

A mayor empoderamiento de las mujeres menor riesgo de sufrir violencia física y sexual” (Castro, 2016). Se hace necesario analizar el contexto social en que viven las mujeres, así como el tipo de relación que sostienen con sus parejas, ya que en ésta radican las claves que explican el riesgo de que sufran (o no) algún tipo de violencia. Las investigaciones han mostrado que, en la medida en que se incrementa la participación de los hombres en las tareas domésticas y de crianza, disminuye drásticamente el riesgo para la mujer de sufrir violencia de pareja. Estos hallazgos señalan la necesidad de promover campañas masivas y continuas sobre el valor de la corresponsabilidad de los hombres en las tareas del hogar. Otro factor importante es el índice de autonomía y poder de decisión de la mujer, que tiene que ver con su capacidad para decidir cuestiones familiares, sexuales, reproductivas, de crianza, laborales, de manejo de recursos y de desarrollo personal, el cual tiene claros efectos en la disminución de la violencia física y sexual (ibid.).

Si se busca consolidar políticas públicas más eficaces, se requieren diagnósticos e investigaciones regionales y locales que aborden la situación de violencia hacia las mujeres en el estado, los municipios y las colonias, de manera que se tengan datos precisos que visibilicen los factores estructurales que repercuten en las relaciones entre los géneros y reproducen la violencia. Los pocos estudios que se han hecho al respecto arrojan información valiosa y reveladora, que permite comprender las variables asociadas a la violencia considerando contextos y momentos históricos específicos.

Las violencias de género están interconectadas y deben conceptualizarse de forma comprehensiva. Considerarlas de forma fragmentada genera una competencia entre problemas sociales que pueden llevarnos a plantear si la violencia de pareja es más o menos importante que el feminicidio, o si el acoso sexual en el transporte es más o menos relevante que la violación. Estos planteamientos son inadecuados ya que las distintas manifestaciones de violencia de género hacia las mujeres forman parte de un mismo problema social que se distribuye de manera continua y que tiene un origen común: la desigualdad socialmente construida entre hombres y mujeres. Aunque los hombres también padecen violencia en distintos contextos, a lo largo su trayectoria de vida las mujeres continúan siendo mayormente las víctimas de violencia de género ya que en el ámbito público, privado e institucional padecen situaciones de exclusión, discriminación y agresión producto de las desigualdades de poder socialmente establecidas entre hombres y mujeres (Frías, 2016).

Las reflexiones aquí tejidas parecen señalar que la violencia de género podría entenderse como un rasgo de identidad cultural casi invisible, tolerado, normalizado por la sociedad y por el Estado; sin embargo, esta visión implicaría resignarse y aceptar que nada se puede hacer para enfrentarla y erradicarla; y claudicar así, a una lucha fundamental para la consolidación de los derechos humanos de las mujeres y la construcción de sociedades justas e igualitarias. Es por ello que este texto pretende ser un llamado a todas las fuerzas sociales para la creación de acciones tendientes a la igualdad, la justicia y la solidaridad con las mujeres, que propicien los cambios estructurales necesarios para eliminar la violencia, la injusticia y la desigualdad de género en todos los ámbitos de nuestra sociedad. Configurar, como propone Marcela Lagarde (2009), una transformación que desvíe el sentido actual y contribuya a disminuir las asimetrías entre los géneros y la desigualdad en la calidad de la vida de mujeres y hombres, desde el principio de reivindicación de la vida, que reconoce que ninguna vida humana vale más que otra, y que nadie puede estar condenado a tener una vida menos digna, con sufrimiento, precariedad o violencia por su nacionalidad, su clase, su raza, su sexo, su edad, sus capacidades y/o su género.

Notas:

1 La expresión “violencia estructural” de Galtung (1996), explica que los procesos de estructuración social (desde aquellos que se producen a escala de sistema-mundo hasta los que se producen en el interior de las familias o en las interacciones interindividuales) tienen efectos negativos directos enlas oportunidades de supervivencia, bienestar, identidad y/o libertad de las personas. Es un concepto útil para entender las manifestaciones de violencia directa (cuando alguno de los grupos quiere cambiar o reforzar su posición en un conflicto por la vía de la fuerza) o de violencia cultural (legitimizaciones de otras formas de violencia, como, por ejemplo, el racismo, sexismo, clasismo o etnocentrismo).

2 La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, mide las experiencias de violencia que han enfrentado las mujeres de 15 años y más que residen en el territorio nacional. Proporciona información por tipo de violencia (emocional, económica, física, patrimonial y sexual), en la relación de pareja y en los ámbitos escolar, laboral, comunitario y familiar.

3 Entrevista telefónica a Alejandra Cartagena, Vicecoordinadora del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (Cladem, Jalisco), el día 28 de febrero de 2018.

4 La nom-046 Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención, es una norma de aplicación federal, fue creada en 2009 y modificada el 24 de marzo de 2016 y establece que en caso de embarazo por violación, las instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica, deberán prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por la ley, conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas de protección a los derechos de las víctimas, previa solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad de la persona afectada de que dicho embarazo es producto de una violación […]; en caso de ser menor de 12 años de edad, a solicitud de su padre y/o madre, o a falta de éstos, de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. El personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena fe a que hace referencia el Artículo 5, de la Ley General de Víctimas.

5 La Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (cedaw, por sus siglas en inglés), fue aprobada en 1979 y entró en vigor en 1981. Ha sido ratificada por 187 países y es considerada la carta internacional de los Derechos de las Mujeres.

Bibliografía

Castro, R. (2016) “Lo que sabemos y lo que ignoramos”, en Violencias Invisibles, Nexos, 1 de junio.

Frías, S. (2016) “Violentadas”, en Violencias Invisibles, Nexos, 1 de junio.

Gobierno del Estado de Jalisco (2017) Informe de avance en el Marco de la Declaratoria de la Alerta de Violencia Contra las Mujeres en Jalisco, consultada en: http://juntxs.jalisco.mx/sites/default/files/paginas/archivos/informe_de_cumplimiento_avcm_2017.pdf

Instituto Jalisciense de las Mujeres (2017) Estudio de Opinión sobre Violencia Comunitaria de los 8 municipios en Alerta contra las Mujeres en el estado de Jalisco, Ficha de Hallazgos, 10 de marzo.

Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2017) Boletín de Prensa 379/17, Ciudad de México, 18 de agosto.

Instituto Nacional de Estadística y Geografía / Instituto Nacional de las Mujeres (2017) Mujeres y Hombres en México 2017, Ciudad de México.

Lagarde, M. (2009), “La política feminista de la sororidad”, en Mujeres en Red. El periódico feminista, 11 de junio.

Pecova, A. (2016) “Derechos de papel”, en Violencias Invisibles, Nexos, 1 de junio.

Pérez Correa, C., (2016) “La cadena de Jabba: la falacia punitiva”, en Violencias Invisibles, Nexos, 1 de junio.

onu Mujeres, inmujeres y lxi Legislatura Cámara de Diputados (2012) Violencia feminicida en México. Características, tendencias y nuevas expresiones en las entidades federativas, 1985-2010.

Notas periodísticas en línea:

http://www.milenio.com/region/violencia_mujeres-pareja-laboral-psicologica-alerta-feminicidios-noticias_jalisco_0_1072692766.html

https://www.informador.mx/Jalisco/Jalisco-pasa-del-octavo-al-tercer-lugar-en-violencia-contra-la-mujer-20170828-0121.html

https://www.publimetro.com.mx/mx/jalisco/2017/09/18/entidad-hostil-mujeres.html

https://www.eloccidental.com.mx/local/son-104-feminicidios-en-jalisco-en-2017-cladem

http://www.elnorte.com/aplicacioneslibre/articulo/default.aspx?id=1320390&md5=47a8c7b55fb47d9a60aa60c0de8c606a&ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe

https://cepad.org.mx/2018/04/informe-derechos-humanos-jalisco-2017/

Select the fields to be shown. Others will be hidden. Drag and drop to rearrange the order.
  • Image
  • SKU
  • Rating
  • Price
  • Stock
  • Availability
  • Add to cart
  • Description
  • Content
  • Weight
  • Dimensions
  • Additional information
Click outside to hide the comparison bar
Compare