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Exigimos a la LXII Legislatura del Estado de Jalisco que asigne presupuestos suficientes para una adecuada implementación de las Leyes Generales en materia de Tortura y Desaparición y que garantice el principio de participación conjunta.

Comunicado

Exigimos a la LXII Legislatura del Estado de Jalisco que asigne presupuestos suficientes para una adecuada implementación de las Leyes Generales en materia de Tortura y Desaparición y que garantice el principio de participación conjunta.

 

  • A los y las integrantes de la LXII legislatura del Congreso del Estado de Jalisco
  • A la Comisión de Estudios Legislativos y Reglamentos
  • A la Comisión de Seguridad y Justicia
  • A la Sociedad Jalisciense
  • A los Medios de Comunicación

Frente a la terrible crisis en materia de derechos humanos que sufre la población del estado de Jalisco, misma que ha trascendido a nivel nacional e internacional en los últimos años por las graves violaciones catalogadas de lesa humanidad cometidas de manera generalizada y sistemática, como son la tortura y la desaparición forzada, y recientemente la crisis forense, expresamos una vez más nuestra preocupación por las acciones y omisiones de las autoridades estatales en un contexto de indolencia e impunidad.

Según datos proporcionados por la Fiscalía General del Estado de Jalisco, del 1 de enero de 2008 al 30 de septiembre de 2018, se ha reportado la desaparición de 25,672 personas de las cuales 6,850 no se han localizado. Es importante señalar que fue hasta el 2013 que el delito de desaparición forzada fue tipificado en el estado, sin embargo, a través de solicitudes de información pública, la Fiscalía General señala que no ha iniciado ninguna investigación por este delito y, por lo tanto, tampoco se ha emitido alguna sentencia. Es decir, el 100% de los casos permanecen impunes.

Por lo que respecta al tema de tortura, la delicada situación se puede constatar en el número de quejas presentadas ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco, misma que en el periodo comprendido del 2000 a mayo de 2018 inicio un total de 1,470 quejas, de las que se desprenden cerca de 2,000 víctimas de esta grave violación de derechos humanos, sin contar a sus familias, quienes también sufrieron los impactos de la comisión de este crimen. Sin embargo, desde 1993, fecha en que se creó el primer marco legal que prohíbe la práctica de la tortura en nuestro estado, no se ha dictado ninguna sentencia por tortura.

Las graves violaciones a derechos humanos cometidas en Jalisco se encuadran en un contexto de violencia generalizada en nuestro país, de tal suerte que el 26 de junio de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes (LGPIST). Asimismo, el 17 de noviembre de 2017 se publicó la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (LGMDFP).

Dada la magnitud y gravedad de la problemática, es importante la asignación de los presupuestos suficientes para una correcta y adecuada implementación de estas Leyes Generales en el estado de Jalisco.

Nos resulta de vital importancia manifestar a cada una de las personas integrantes del Congreso del Estado de Jalisco, que garanticen los presupuestos necesarios que permita una adecuada aplicación e implementación de las legislaciones en materia de Desaparición y Tortura. Las y los diputados no deben perder de vista que ambas legislaciones generales contemplan la creación de Fiscalías Especializadas sobre Tortura y sobre Desaparición de Personas en todos las entidades del país. No obstante, no se puede garantizar su funcionamiento adecuado si esta LXII Legislatura no aprueba los recursos económicos suficientes para investigar y sancionar los casos así como atender las necesidades de las víctimas de estos crímenes de lesa humanidad, incluyendo la reparación integral del daño.

Es importante que esta Legislatura tome en cuenta que la dotación de suficientes recursos económicos para atender esta grave crisis, ha sido solicitada y exigida en innumerables ocasiones tanto por los colectivos de familiares como de organizaciones no gubernamentales. Dichas peticiones se traducen en obligaciones constitucionales que en su calidad de representantes populares deben acatar, en virtud del artículo 1° y los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que mandatan garantizar el acceso a la verdad, a la justicia y a la reparación integral del daño.

Por otro lado, queremos expresar nuestra preocupación por la iniciativa de Ley para la Declaración de Ausencia por Desaparición de Personas del Estado de Jalisco presentada el pasado 12 de noviembre de 2018, la cual se encuentra en estudio en la Comisión de Estudios Legislativos y Reglamentos y la Comisión de Seguridad y Justicia del Congreso local. Lo anterior debido a que, tal como ha sucedido con las anteriores iniciativas relacionadas con el tema de desaparición de personas que habían sido promovidas por esa Soberanía, ésta no fue socializada ni consultada con familiares de personas desaparecidas, ni con las organizaciones de la sociedad civil y personas expertas en el tema, lo que resulta violatorio al principio de participación conjunta que rige la LGMDFP. Además, esta iniciativa no se encuentra armonizada con los estándares establecidos en la Ley General de Víctimas y en la LGMDFP, ni está adaptada al contexto de Jalisco. Nos resulta preocupante que, de aprobarse esta iniciativa, se agravaría la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las y los familiares de personas desaparecidas. En este sentido, nuevamente queremos llamar la atención a cada una de las personas integrantes del Congreso del Estado de Jalisco, para que respecto a cualquier proceso de creación de legislación relacionada con los derechos de víctimas de desaparición, garantice indiscutiblemente la participación de familiares de personas desaparecidas y la sociedad civil.

Por lo anterior, le exigimos a la LXII legislatura del Congreso del Estado de Jalisco:

Primero.- Se asignen las partidas presupuestales que contemplen los recursos económicos y financieros suficientes y necesarios para la adecuada implementación y operación de todas las instituciones encargadas de los procesos de búsqueda, investigación e identificación de personas desaparecidas, como son a la Fiscalía Especializada en Personas Desaparecidas, la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Jalisco, el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses y a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas.

Segundo.- Se asigne la partida presupuestal que contemple los recursos suficientes para la creación, implementación y operación de la Fiscalía Especializada para la investigación de casos de Tortura, que permita atender e investigar de manera pronta, objetiva e imparcial los casos denunciados antes y posterior a su creación, así como otros instrumentos y mecanismos contemplados en la LGPIST, así como al Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses y a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas.

Tercero.- Se abstengan de aprobar la Ley Para la Declaración de Ausencia por Desaparición de Personas del Estado de Jalisco, hasta en tanto no se abran los espacios con familiares de personas desaparecidas, organizaciones de la sociedad civil y personas expertas en el tema para una consulta amplia, pública y transparente que garantice el principio de la participación conjunta.

Cuarto.- Que prioricen la socialización de la iniciativa legislativa con familiares de personas desaparecidas en todas las regiones de Jalisco, para que conozcan la propuesta y puedan realizar sus observaciones junto a especialistas con la finalidad de alcanzar los objetivos de la Ley General de Víctimas, la LGMDFP con base en los mayores estándares internacionales en la materia.

Guadalajara Jalisco a 15 de noviembre de 2018.

Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, Cepad

Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos
“Todos los Derechos para Todas y Todos”
(conformada por 85 organizaciones en 23 estados de la República mexicana):

Academia Hidalguense de Educación y Derechos Humanos A.C. (ACADERH); Agenda LGBT (Estado de México); Alianza Sierra Madre, A.C. (Chihuahua); Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (AsiLegal) (Ciudad de México); Asociación Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas, A.C. (AJAGI) (Guadalajara, Jal.); Asociación para la Defensa de los Derechos Ciudadanos “Miguel Hidalgo” (Jacala Hgo.); Bowerasa, A.C. “Haciendo Camino” (Chihuahua, Chih.); Casa del Migrante Saltillo (Saltillo, Coah.); Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (Ciudad de México); Centro “Fray Julián Garcés” Derechos Humanos y Desarrollo Local, A. C. (Tlaxcala, Tlax.); Centro de Apoyo al Trabajador, A.C. (CAT) (Ciudad de México); Centro de Derechos de la Mujeres de Chiapas (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Centro de Derechos Humanos “Don Sergio” (Jiutepec, Mor.); Centro de Derechos Humanos “Fray Bartolomé de Las Casas”, A. C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis); Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P.”, A. C. (Ciudad de México); Centro de Derechos Humanos “Fray Matías de Córdova”, A.C. (Tapachula, Chis.); Centro de Derechos Humanos “Juan Gerardi”, A. C. (Torreón, Coah.); Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, A. C. (Ciudad de México); Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A. C. (Tlapa, Gro.); Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Chihuahua); Centro de Derechos Humanos de los Pueblos del Sur de Veracruz “Bety Cariño”, A.C. (Tatahuicapan de Juárez, Ver.); Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa, A.C (Tonalá, Chis.); Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (Cd. Juárez, Chih.); Centro de Derechos Humanos Toaltepeyolo (Orizaba, Veracruz); Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C. (León, Gto.); Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL) (Estado de México); Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Centro de Derechos Indígenas A. C. (Bachajón, Chis.); Centro de Investigación y Capacitación Propuesta Cívica A. C. (Propuesta Cívica) (Ciudad de México); Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A. C. (CEPAD) (Guadalajara, Jal.); Centro de los Derechos del Migrante (Ciudad de México); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-Guadalajara) (Guadalajara, Jal.); Centro Diocesano para los Derechos Humanos “Fray Juan de Larios”, A.C. (Saltillo, Coah.); Centro Juvenil Generando Dignidad (Comalcalco, Tabasco); Centro Kalli Luz Marina (Orizaba, Ver.); Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) (Ciudad de México); Centro Mujeres (La Paz, BCS.); Centro Regional de Defensa de DDHH José María Morelos y Pavón, A.C. (Chilapa, Gro.); Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco”, A.C. (BARCA) (Oaxaca, Oax.); Ciencia Social Alternativa, A.C. KOOKAY (Mérida, Yuc.); Ciudadanía Lagunera por los Derechos Humanos, A.C. (CILADHAC) (Torreón, Coah.); Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (CCTI) (Ciudad de México); Colectivo Educación para la Paz y los Derechos Humanos, A.C. (CEPAZDH) (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste (Mexicali, Baja California); Comisión de Derechos Humanos y Laborales del Valle de Tehuacán, A.C. (Tehuacán, Pue.); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A.C. (COSYDDHAC) (Chihuahua, Chih.); Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, A. C. (CIDHMOR) (Cuernavaca, Mor.); Comisión Regional de Derechos Humanos “Mahatma Gandhi”, A. C. (Tuxtepec, Oax.); Comité Cerezo (Ciudad de México); Comité Cristiano de Solidaridad Monseñor Romero (Ciudad de México); Comité de Defensa de las Libertades Indígenas (Palenque, Chis.); Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha A.C. (CODIGODH) (Oaxaca, Oax.); Comité de Derechos Humanos “Fr. Pedro Lorenzo de la Nada”, A. C. (Ocosingo, Chis.); Comité de Derechos Humanos “Sierra Norte de Veracruz”, A. C. (Huayacocotla, Ver.); Comité de Derechos Humanos Ajusco (Ciudad de México); Comité de Derechos Humanos de Colima No Gubermantal A. C. (Colima, Col.); Comité de Derechos Humanos de Comalcalco, A. C. (CODEHUCO) (Comalcalco, Tab); Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A. C. (CODEHUTAB) (Villahermosa, Tab); Comité de Derechos Humanos y Orientación Miguel Hidalgo, A. C. (Dolores Hidalgo, Gto.); Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos “Hasta Encontrarlos”(Ciudad de México); Comité Sergio Méndez Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo A.C. (Tulancingo, Hgo.); Consultoría Técnica Comunitaria AC (CONTEC) (Chihuahua); El Caracol, A.C (Ciudad de México); Estancia del Migrante González y Martínez, A.C. (Querétaro, Qro.); Frente Cívico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos (Culiacán, Sin.); Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (Ciudad de México); Indignación, A. C. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (Mérida, Yuc.); Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuria, S.J. Universidad Iberoamericana- Puebla (Puebla, Pue.); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (Ciudad de México); Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A. C. (IMDEC) (Guadalajara, Jal.); Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente. Programa Institucional de  Derechos Humanos y Paz (Guadalajara, Jal.); Justicia, Derechos Humanos y Género, A.C. (Ciudad de México); La 72, Hogar-Refugio para Personas Migrantes (La 72) (Tenosique, Tabasco); Mujeres Indígenas por la Conservación, Investigación y Aprovechamiento de los Recursos Naturales, A. C. (CIARENA) (Oaxaca); Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia A.C. (ODI) (Ciudad de México); Promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PRODESCAC) (Estado de México); Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC) (Ciudad de México); Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER) (Ciudad de México); Red Solidaria de Derechos Humanos, A.C. (Morelia, Michoacán); Respuesta Alternativa, A. C. Servicio de Derechos Humanos y Desarrollo Comunitario (San Luis Potosí); Servicio, Paz y Justicia de Tabasco, A.C. (SERPATAB) (Villahermosa, Tab.); Servicios de Inclusión Integral, A.C. (SEIINAC) (Pachuca, Hgo.); Tequio Jurídico A.C. (Oaxaca, Oax.); VIHas de Vida (Guadalajara, Jal.); Voces Mesoamericanas, Acción con Pueblos Migrantes AC (San Cristobal de las Casas, Chiapas).

ENLACES DE INTERÉS

https://cepad.org.mx/2018/10/lxi-legislatura-se-abstenga-de-aprobar-su-ley-de-desaparicion/

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